A partir del 1º de enero del 2014, aumenta la aportación al Fondo Social de la Construcción y a la Fundación de Capacitación al 1,85 %, manteniéndose la proporción de los aportes sectoriales. Corresponde al Sector empresarial el 1.2691 % , incluidas las incidencias del Banco de Previsión Social, para los incluidos en el Decreto- Ley Nº 14.411 y el 1.2691 %, para los excluidos en el Decreto- Ley 14.411. El aporte de los trabajadores será en todos los casos del 0,5809 %.
Todo el personal dependiente incluido y no incluido tiene derecho en la ley 14.411, siempre que realicen ellos y sus empleadores los aportes correspondientes.
La directiva del FSC, a los 31 días del mes de julio de 2017 entiende e interpreta que el monto imponible para aplicar el porcentaje de los fondos de la construcción (salario líquido del trabajador) se tomará de la siguiente forma: Total de remuneraciones nominal que percibe el trabajador (gravadas y no gravadas) menos el total de aportes gravados para BPS e IRPF
Fondo Social de la Construccion: F.S.C
Fondo de Vivienda : FOSVOC
Fundación de Capacitación : FOCAP
En los recibos de sueldos mensuales en la columna de descuentos deben figurar Fsc/Focap y Fosvoc por separado con los descuentos correspondientes
Según acta de acuerdo del día 11 de abril de 2020, a partir de mayo de 2020 y durante un período de cuatro meses (hasta agosto de 2020) el aporte a los Fondos Sociales se incrementará según tabla que se adjunta. El producido de dicho incremento integrará los fondos sociales y podrá ser destinado al intercambio del Fondo de Solidaridad por COVID-19.