Odontología General / Ortodoncia – Ortopedia

El Fondo Social de la Construcción brinda un subsidio del 60% del costo en tratamientos odontológicos realizados en Clínicas y Odontólogos asociados.

Este beneficio deberá ser utilizado por un miembro del núcleo familiar a la vez.

El Beneficio también aplica para Ortodoncia / Ortopedia, donde se cubre un solo tratamiento por beneficiario.  El Fondo Social de la Construcción subsidia con el 60% únicamente de la aparatología fija o removible.

Para acceder a este beneficio es necesario solicitar previa autorización al Fondo Social de la Construcción presentando la siguiente documentación:

Cédula de los beneficiarios (trabajador, cónyuge/concubina e hijos hasta 18 años inclusive)
Último recibo de sueldo con aportes al Fondo Social de la Construcción
Nombre de la clínica donde se va a atender
Dirección, Teléfono y Mail del trabajador

En caso de que el trabajador se encuentre en Seguro de Paro deberá de presentar, además, el comprobante que justifique su situación actual, “Repartición de Prestaciones” expedido por BPS con la fecha de amparo debidamente indicada.

En caso de encontrarse en DISSE o Banco de Seguros, deberá presentar, además: certificados que acrediten su licencia por enfermedad/accidente.

En caso de trabajadores Jubilados debe presentar:

Cédula de los beneficiarios (titular, cónyuge/concubina)
Comprobante de cobro de jubilación

En caso de no estar registrado como jubilado en el Fondo Social de la Construcción debe presentar consulta de actividad por persona.

El trámite puede realizarse de forma presencial o por correo electrónico a autorizaciones@fsc.org.uy 

En caso de hacerlo por mail, se debe incluir la dirección, teléfono y correo electrónico del trabajador.