Complejos Vacacionales

Con el objetivo de promover el descanso tanto del trabajador como de su familia, el Fondo Social de la Construcción ha establecido convenios con diversos centros vacacionales, mediante los cuales se subsidia el 50% de la estadía por persona beneficiaria, con un período máximo de entre 5 a 7 días anuales dependiendo el complejo.

Este beneficio puede ser utilizado tanto por el trabajador como por su cónyuge/concubina, así como por sus hijos hasta los 18 años inclusive. También puede ser utilizado por jubilados y sus cónyuges.

Complejos en Convenio

Paso Severino

Hotel Village

Complejo Turístico Chuy

Aguasol

Apart Hotel Brisas del Río

Hotel Géminis

Parque de la UTE

Juanjo Ramos

Parque Vacacional AEBU Piriápolis

Parque Vacacional AEBU – Piriápolis (Maldonado)

CAUTE-ANTEL – Termas de Dayman (Salto)

Para acceder a este beneficio es necesario solicitar previa autorización al Fondo Social de la Construcción presentando la siguiente documentación:

Cédula de los beneficiarios (trabajador, cónyuge/concubina e hijos)
Último recibo de sueldo con aportes al Fondo Social de la Construcción
Fechas y Presupuesto de la estadía
Dirección, Teléfono y Mail del trabajador

En caso de que el trabajador se encuentre en Seguro de Paro deberá de presentar, además, el comprobante que justifique su situación actual, “Repartición de Prestaciones” expedido por BPS con la fecha de amparo debidamente indicada.

En caso de encontrarse en DISSE o Banco de Seguros, deberá presentar, además: certificados que acrediten su licencia por enfermedad/accidente.

En caso de trabajadores Jubilados debe presentar:

  • Cédula de los beneficiarios (titular, cónyuge/concubina)
  • Último Comprobante de cobro de jubilación.

En caso de no estar registrado como jubilado en el Fondo Social de la Construcción debe presentar consulta de actividad por persona.

El trámite puede realizarse de forma presencial o por correo electrónico a autorizaciones@fsc.org.uy 

En caso de hacerlo por mail, se debe incluir la dirección, teléfono y correo electrónico del trabajador.