El Fondo Social de la Construcción tiene convenio con varios clubes deportivos, tanto en Montevideo como en el interior del país.
El beneficio abarca al trabajador, así como también a su pareja o cónyuge e hijos entre 4 y 18 años.
El Fondo Social de la Construcción colabora con el 50% de la cuota mensual.
Para acceder a este beneficio, es necesario solicitar la autorización previa al Fondo Social de la Construcción, la cual debe ser renovada cada 3 meses.
Con el objetivo de promover la actividad física y los hábitos de vida saludables, el Fondo Social de la Construcción mantiene convenios con diversos clubes deportivos en Montevideo y en el interior del país.
Este beneficio está disponible para el trabajador, cónyuge/concubina e hijos entre 4 y 18 años, El Fondo Social de la Construcción colabora con el 50% en el costo de la cuota mensual del club.
Para acceder al beneficio, es necesario gestionar una autorización previa ante el Fondo Social de la Construcción, la cual debe renovarse cada 3 meses.
Cédula de los beneficiarios (trabajador, cónyuge/concubina e hijos)
Último recibo de sueldo con aportes al Fondo Social de la Construcción
Dirección, Teléfono y Mail del trabajadorEn caso de que el trabajador se encuentre en Seguro de Paro deberá de presentar, además, el comprobante que justifique su situación actual, “Repartición de Prestaciones” expedido por BPS con la fecha de amparo debidamente indicada.
En caso de encontrarse en DISSE o Banco de Seguros, deberá presentar, además: certificados que acrediten su licencia por enfermedad/accidente.
En caso de trabajadores Jubilados debe presentar:
Cédula de los beneficiarios (titular, cónyuge/concubina)
Comprobante de cobro de jubilación
En caso de no estar registrado como jubilado en el Fondo Social de la Construcción debe presentar Historial Laboral.
El trámite puede realizarse de forma presencial o por correo electrónico a autorizaciones@fsc.org.uy
En caso de hacerlo por mail, se debe incluir la dirección, teléfono y correo electrónico del trabajador.